“La Inspección de Trabajo (ITSS) ha comunicado su intención de llevar a cabo una revisión detallada de los contratos laborales a tiempo parcial vigentes. Este proceso tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de la normativa legal y controlar el fraude en cuanto a la realización de horas fuera de la jornada ordinaria registrada en los contratos. El máximo legal es de 80 horas extras al año. Art. 35.2 ET
Ante esta próxima campaña, debemos tener en cuenta lo siguiente:
Horario y Registro de Jornada
Es imprescindible que el horario de trabajo de los empleados contratados bajo la modalidad de tiempo parcial sea respetado estrictamente. Asimismo, los registros de jornada deben estar actualizados, reflejando con precisión las horas trabajadas. La ITSS puede revisar hasta 4 años atrás.
Obligación de Registrar la Jornada Diaria
Todos los trabajadores, especialmente aquellos contratados bajo la modalidad de tiempo parcial, tienen la obligación de registrar diariamente las horas efectivamente trabajadas. Este registro es un requisito legal indispensable para garantizar la transparencia y el cumplimiento de las condiciones laborales pactadas.
Instrucciones para el Registro:
- Registro Diario
Cada trabajador deberá registrar su hora de inicio, pausa (si aplica), y fin de la jornada en los sistemas habilitados por la empresa. - Herramienta de Registro
El registro deberá realizarse mediante plataforma digital habilitada u hojas de control manuales en papel, aunque ésta última será sustituida en breve por sistemas digitales. Está siendo objeto de estudio la eliminación del registro en papel, que será sustituido por la obligación de tener un software que precisará de conexión en tiempo real con la Inspección de Trabajo. De esta forma se proporcionará información fiable, inmodificable y no manipulable a posteriori, ya sea por el empresario o por el propio trabajador, que garantice la trazabilidad y rastreo fidedigno e invariable de la jornada diaria, una vez registrada. Les avisaremos cuando esta medida sea publicada, dejando un período de transición para su implantación en todas las empresas. - Responsabilidad Personal
Cada empleado es responsable de asegurarse de que sus registros sean precisos y estén actualizados. - Supervisión
Los responsables de la empresa verificarán regularmente los registros para asegurar su cumplimiento.
Consecuencias del Incumplimiento
El no registrar las jornadas de trabajo podría generar sanciones tanto para la empresa como para los empleados. Les recordamos que este procedimiento es parte de las obligaciones laborales y su cumplimiento es prioritario.
La ausencia del registro horario puede ser considerada infracción grave dando lugar a una sanción de hasta 7.500 €”
En AVANT ECONOMISTES les asesoramos acerca del cumplimiento de la normativa laboral.
Nuestro objetivo es asesorarle para que su organización no solo cumpla con la normativa, sino que también implemente las mejores prácticas en la gestión del tiempo laboral. Esto contribuirá a una relación laboral sólida y a evitar cualquier inconveniente con las autoridades.